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Ejemplo Acción PME 2020 por Covid-19

Ejemplo Acción PME 2020 por Covid-19

A continuación un Ejemplo de Acción PME 2020 por Covid-19 tomando como base el dictamen 54 de la SuperEduc. Este es un ejemplo que pretende orientar a quienes lo necesitan, cada cual puede tomar y personalizar este ejemplo.

Dimensión: Liderazgo

Subdimensión: Liderazgo del Sostenedor

Título: Plan Integral de Sanitización, prevención de contagios y continuidad operativa por Covid-19

Descripción: Diseño, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Integral de Sanitización y prevención de contagios por Covid-19. El plan tiene como objetivos preservar la salud física y mental de los miembros de la comunidad educativa, asegurar la continuidad operativa del proceso de enseñanza aprendizaje y mantener los ambientes libres de contaminación. El plan será aplicado en dos escenarios principales: mientras dure el aislamiento social y durante el retorno a clases.

Fecha Inicio: 01-03-2020

Fecha de termino: 31-12-2020

Recursos: Contratación de servicios externos (ej. empresas de sanitización, servidores, servicios de streaming), contratación de funcionarios «auxiliares» por (jornadas parciales, completas u horas extras plazo fijo u honorarios), adquisición de materiales de sanitización, sistemas complementarios de ventilación y purificación de aire, adquisición de plataformas digitales y licencias de software que favorezcan el proceso de enseñanza aprendizaje online, contratación de planes o sistemas de telefonía a nivel institucional y funcionario, planes de Internet y/o Voz Ip que permitan garantizar adecuados canales de comunicación entre la escuela y la familia, la seguridad y protección de los datos, adquisición de materiales de mantenimiento y reparaciones, contratación de servicios de construcción y/o mantenimiento de infraestructura.

Fuente de referencia: https://www.supereduc.cl/prensa/superintendencia-de-educacion-flexibiliza-uso-de-la-sep-para-implementar-estrategias-de-seguridad-sanitaria-por-covid-19/

más contenido de interes en: aiged.cl/articulos

¿Se pueden adquirir o arrendar Software o sistemas de contabilidad y rendición de cuentas con recursos SEP?

¿Se pueden adquirir o arrendar Software o sistemas de contabilidad y rendición de cuentas con recursos SEP?

Software contable y de rendición de cuentas con recursos SEP:

El dictamen 47 del año 2018 de la superintendencia de educación establece que los sistemas informáticos que se pueden adquirir o arrendar con recursos SEP deben servir para el mejoramiento educativo, en los ámbitos que el propio dictamen especifica.

Un análisis del dictámen puede verlo aquí :

https://aiged.cl/2018/11/22/uso-de-recursos-de-la-ley-sep-en-productos-y-servicios-tecnologicos/

No hay dudas que la respuesta en este caso es que no se puede adquirir o arrendar Software contable y de rendición de cuentas con recursos SEP.

Esto porque el gasto debe ser financiado con la subvención general ya que no está orientado al mejoramiento educativo.

La relevancia de este tema radica en que muchos sostenedores contratan sistemas de rendición de cuentas porque alguien les dijo que si lo pueden pagar por SEP.

Este es un error técnico que puede implicar el rechazo del gasto. Decimos «puede» porque eso se define en fiscalización, si la escuela no es fiscalizada pasará sin observación.

En otros casos contratan el servicio de rendición de cuentas e incluso la contabilidad con recursos SEP, lo que es un error porque el gasto sigue siendo de propósito general, no relacionado al mejoramiento educativo.

Alternativa

¿Un sistema integral o un servicio que vaya desde la gestión del PME, el PEI, hacia las rendiciones de cuentas y el control financiero, vinculando estos aspectos, se podría financiar con SEP?

En este caso es distinto, este tipo de sistema si se puede contratar por SEP.

El dictamen 47 establece que los sistemas que sirvan al PEI, al PME, y por ende al mejoramiento educativo manera directa o auxiliar pueden ser contratados con recursos SEP

Lo más importante es diseñar una acción en el PME que refleje la relación de este gasto con el mejoramiento educativo o sus procesos vinculados.

Un gasto en software de estas características debe ir imputado a la cuenta 410604 de recursos audiovisuales y software educativo.

Fuente recomendada: https://www.supereduc.cl/contenidos-de-interes/uso-de-recursos-sep-para-software-hardware-y-servicios-tecnologicos/

Bonus track:

Si en su PME 2019 hay alguna acción con los títulos:

«Plataforma de rendición de cuentas», «Servicio de Contabilidad», «Software de remuneraciones», «Software de contabilidad»

O cualquiera similar debe saber que los gastos relacionados a esa acción, tienen una alta probabilidad de ser rechazados.

Recuerde que estas acciones puede modificarlas o crear una nueva durante el período de implementación.

¿Cómo Validar los Gastos SEP?

¿Cómo Validar los Gastos SEP?

Para responder al cómo validar los gastos SEP se deben realizar dos evaluaciones, una «legal», y otra «procedimental», la primera de ellas implica que el gasto debe:

  1. Estar asociado con una acción explicitada en el PME
  2. Debe servir al objeto de la SEP «Mejoramiento de la calidad de la educación con énfasis en alumnos prioritarios y/o preferentes»
  3. Que estos alumnos tengan participación en el gasto
  4. No debe corresponder al normal funcionamiento de la escuela, ni a temas administrativos generales
  5.  Al tratarse de remuneraciones no debe incluir componentes que posean financiamiento específico.

Por otro lado, la evaluación procedimental implica revisión de los documentos generados en el proceso del gasto, es decir, se evalúa si existe factura/boleta, comprobante de egreso, informes, certificados, contratos, etc., según el gasto del que se trate.

Resulta clave entender que ambos aspectos son complementarios para la validar los gastos SEP, por ello se recomienda tener un sistema de verificación. Esto puede ser por ejemplo una check list hecho en excel u otro procesador.

Bonus track: Recomendamos que las consideraciones para validar los gastos SEP se utilicen también para la gestión de las otras subvenciones escolares. Esto debido a que la Superintendencia ha comenzado un plan piloto de fiscalización de la subvención general, algo que hasta ahora no había sucedido, se habían observado fiscalización SEP, PIE y Pro-retención estas dos últimas en menor medida.

Fuente: artículo basado en las disposiciones del dictamen 47, del 09-11-2018 de la Superintendencia de Educación.

También puede interesarle Artículo destacado: Bono de Incentivo al desempeño con recursos SEP

¿Cómo Validar los Gastos SEP?

¿Cómo rendir cuentas 2019 rápido y fácil?

Para responder al cómo rendir cuentas 2019 rápido y fácil, de todas las subvenciones escolares, SEP, Mantenimiento, Pro-retención, General, PIE, siga los pasos:

Proceso Resumido:

  1. Descargar mensualmente la información del Libro de Compras y Honorarios del SII.
  2. Copiar los datos en las planillas oficiales de gastos y honorarios
  3. Categorizar la información anterior por cuenta y subvención
  4. Asegurarse que aquellos gastos categorizados en SEP estén en el PME, ver también ¿Cómo Validar los Gastos SEP 2019?
  5. Juntar las boletas manuales y electrónicas por mes, sumarlas y rendirlas como caja chica.
  6. En el caso de las remuneraciones haga una lista de haberes y descuentos, siga el ejemplo:

rendir cuentas 2019 rápido y fácil

rendir cuentas 2019 rápido y fácil remuneraciones

Consideraciones:

en este caso el artículo de cómo rendir cuentas 2019 rápido y fácil quiere entregar un método para escuelas que no llevan un control pormenorizado de sus movimientos financieros y que se ven complicados al momento de rendir cuentas.

De allí una escuela que lleve un control en un sistema especializado, con su contador o con sus propias planillas pueda no serle útil esta información.

No obstante, cualquier establecimiento que necesite orientación en relación a este tema puede consultar gratuitamente agendando una videollamada en Demostración Guiada.

Es importante destacar que estas videollamadas no son de ventas sino realmente para orientar en la necesidad que tiene la escuela.

Lo anterior puede resultar importante debido a que rendir cuentas 2019 rápido y fácil puede lograrlo siguiendo estos consejos, o solicitando nuestra orientación gratuita, y también si quiere ahorrarse este trabajo contratando SoftPME en su plan avanzado.

Material de apoyo oficial en: https://ptf.supereduc.cl/procesos-declarativos/rendicion-de-cuentas/rendicion-de-cuentas-material-de-apoyo-tutoriales/

Bonus track:

¿Cómo saber si registró todos los gatos que la escuela hizo durante el año para poder acreditar saldos correctamente?

En el método descrito en este artículo de cómo rendir cuentas 2019 rápido y fácil debe notar que se está usando información oficial del SII, complementada por sus gastos menores o de caja chica, por ende existe poco margen para el error.

En este sentido si realiza lo siguiente puede tener una medida:

  1. Sume los egresos del año de sus cuentas bancarias
  2. Reste los egresos que se ejecutaron en el año en curso pero vienen de compromisos del año anterior
  3. El resultado comparelo con el total que está rindiendo
  4. Si el monto que está rindiendo es menor, le faltan gastos que agregar en su rendición de cuentas
Bono de Incentivo al Desempeño SEP

Bono de Incentivo al Desempeño SEP

En SoftPME Somos prácticos!

En este artículo abordamos un tema de amplio interés para docentes y asistentes de la educación, pero que requiere la máxima atención del sostenedor, hablamos del Bono de Incentivo al desempeño con recursos SEP

Qué es lo primero que hay que saber en relación a la normativa?

En la SEP se permiten dos tipos de bonos: 1) el bono acordado con el sostenedor y 2) el bono de incentivo al desempeño por el cumplimiento de metas del PME.

El primero se aplica sólo al personal que tiene horas de contrato SEP y no necesita un reglamento. El segundo en cambio se puede aplicar a todo el personal de la escuela, tenga o no tenga horas SEP, y precisa un reglamento dónde se especifiquen las metas y el instrumento de medición de las mismas para su otorgamiento.

Breve Justificación

La Ley 20.903 que estableció el Sistema de Desarrollo Profesional Docente estableció que “Los sostenedores podrán establecer asignaciones especiales de incentivo profesional, las que se otorgarán por razones fundadas en el mérito, tendrán el carácter de temporal o permanente y se establecerán para algunos o la totalidad de los profesionales de la educación (…)»

Luego el dictamen 41 del año 2018 de la Superintendencia de Educación puntualizó que dentro de los usos de la Ley SEP se encuentran los Bonos de incentivo al desempeño de los directivos, docentes y asistentes de la educación, indistintamente de su régimen de contratación y/o la cantidad de horas de contrato. Pero que debe estar contenido en el Plan de mejoramiento educativo. Esto se encuentra regulado en el numeral 4 del artículo 8° de la Ley 20.248, que establece un

«(…) incentivo al desempeño de los equipos directivos, docentes y otros funcionarios del establecimiento, los que deberán estar referidos a las metas y resultados estipulados en el Plan de Mejoramiento Educativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 47 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación, o en base a los mecanismos propios que establezcan los establecimientos particulares subvencionados, los que deberán estar basados en instrumentos transparentes y objetivos».

Cómo aplicar este bono

La siguiente lista incluye los elementos que a nuestro juicio debe cumplir el sostenedor para no pasar malos ratos con este bono, ya que se sabe de casos donde este ha sido rechazado por los fiscalizadores de la superintendencia de educación por falta de evidencias o por no ajustarse a la normativa:

  1. Una acción de mejoramiento en el área de recursos ej. «Gestión de Recursos Humanos», en cuyo campo de recursos entre otras cosas diga: «Pago de bono de incentivo al desempeño de los funcionarios del establecimiento educacional de acuerdo a las disposiciones del artículo 8° de la Ley 20.248»
  2. Crear un reglamento de mutuo acuerdo entre el sostenedor y los representantes de los funcionarios, el cual debe quedar sancionado por escrito, incluso no es exagerado que este reglamento sea informado al consejo escolar.
  3. Para elaborar el reglamento utilizar las metas por dimensión establecidas en la fase estratégica del PME, así se estará cumpliendo el tenor literal de la Ley que faculta en este caso.
  4. Medir el cumplimiento de las metas en conjunto con los estamentos y dejar evidencia de aquello.
  5. Establecer el bono en la(s) liquidaciones de sueldo respectiva, con carácter imponible y tributables.
¿A quienes beneficia este bono?

El pago de incentivo al desempeño por el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Mejoramiento Educativo puede ser pagado a todo el personal del establecimiento educacional, sin importar su régimen de contratación. Se sugiere no obstante considerar las horas de contrato de cada funcionario, estableciendo un tramo o rango, ya que no resulta justo pagar montos iguales a jornadas distintas, así no resultaría lógico que un funcionario con 22 horas de contrato obtenga la misma asignación que un funcionario con 44 horas de contrato.

¿No sabe cómo hacer el reglamento para el pago del Bono de incentivo al desempeño con recursos SEP?

Comente este post y compartiremos el formato del reglamento con usted.

Uso de recursos SEP para software, hardware y servicios tecnológicos

Uso de recursos SEP para software, hardware y servicios tecnológicos

Dictamen N°47 Superintendencia de educación

La superintendencia de educación el día 8 de noviembre de 2018 derogó el dictamen N°20 y dictó el dictamen N°47 para aclarar a los sostenedores el uso de los recursos Ley SEP en materias de orden tecnológico.

El dictamen N°47 es interesante debido a que muchos sostenedores reciben ofertas de sistemas o aplicaciones como Webclass, Napsis, Edugestor, Papinotas, el mismo SoftPME que promovemos aquí. Con este dictamen queda claro que todas estas aplicaciones destinadas a mejorar aspectos de las distintas dimensiones del Modelo de Calidad de la Educación son financiables con recursos de la Ley SEP, y aclara que deben estar contenidas en una acción del PME y cumplir ciertas condiciones.

Requisitos a cumplir:

  • Tener convenio SEP vigente.
  • Que estas actividades se encuentren explicitadas en el correspondiente PME.
  • Que la actividad sea propia de las áreas o dimensiones que todo PME debe contener.
  • Que la actividad sirva al objeto de la SEP, es decir, al mejoramiento de la calidad de la educación.
  • Que la actividad por la cual se justifica la compra, arriendo y/o contratación beneficie principalmente a los alumnos prioritarios o preferentes.
  • Que los gastos no estén asociados al normal funcionamiento o mantención de los establecimientos ni a asuntos administrativos de carácter general.

Así mismo establece las áreas a las que debe apuntar el servicio tecnológico para ser financiable con recursos SEP, que en general ya las conocemos.

Áreas financiables:

  • Fortalecimiento del proyecto educativo
  • Mejoramiento de las prácticas pedagógicas
  • Apoyo a los alumnos con necesidades educativas especiales
  • Mejoramiento de los sistemas de evaluación de los alumnos
  • Apoyo de alumnos rezagados en sus aprendizajes y desarrollo personal
  • Fortalecimiento de la formación valórica y cívica de los alumnos
  • Apoyo psicológico y de asistencia social a los alumnos y sus familias
  • Mejoramiento de la convivencia y gestión del clima escolar
  • Fortalecimiento del vínculo educativo y afectivo de los apoderados con los alumnos y la escuela
  • Apoyo a los aprendizajes de todos los estudiantes
  • Sistemas complementarios de evaluación de docentes
  • Fortalecimiento de los instrumentos de apoyo a la actividad educativa

Otros aspectos interesantes del dictamen:

También establece que se pueden contratar los servicios de capacitación, soporte, mantención e incluso internet, es decir, todo aquello que se necesita par el buen funcionamiento de los equipos y/o servicios tecnológicos que tengan por objeto el mejoramiento educativo.

Una de las dudas que deja el dictamen es lo que sucede con los premios tecnológicos, como tablets o notebook que pudiéramos entregar a un miembro de la comunidad escolar, ya que establece que no serán de cargo de la SEP «computadores o tablets entregados en dominio a un docente o estudiante»

Fuentes:

Uso de recursos Ley SEP

Uso de recursos Ley SEP

La reseña de la propia superintendencia se puede ver en: https://www.supereduc.cl/fiscalizacion/uso-de-recursos-sep-para-software-hardware-y-servicios-tecnologicos/

en tanto que el dictamen 47 se puede ver en: https://www.supereduc.cl/wp-content/uploads/2018/11/Dict%C3%A1men-N-0047.pdf

 

Ahora ya sabe que puede pagar la suscripción a SoftPME con recursos SEP, y para ello puede registrarse ahora gratis para probar haciendo clic aquí