Dictamen N°47 Superintendencia de educación
La superintendencia de educación el día 8 de noviembre de 2018 derogó el dictamen N°20 y dictó el dictamen N°47 para aclarar a los sostenedores el uso de los recursos Ley SEP en materias de orden tecnológico.
El dictamen N°47 es interesante debido a que muchos sostenedores reciben ofertas de sistemas o aplicaciones como Webclass, Napsis, Edugestor, Papinotas, el mismo SoftPME que promovemos aquí. Con este dictamen queda claro que todas estas aplicaciones destinadas a mejorar aspectos de las distintas dimensiones del Modelo de Calidad de la Educación son financiables con recursos de la Ley SEP, y aclara que deben estar contenidas en una acción del PME y cumplir ciertas condiciones.
Requisitos a cumplir:
- Tener convenio SEP vigente.
- Que estas actividades se encuentren explicitadas en el correspondiente PME.
- Que la actividad sea propia de las áreas o dimensiones que todo PME debe contener.
- Que la actividad sirva al objeto de la SEP, es decir, al mejoramiento de la calidad de la educación.
- Que la actividad por la cual se justifica la compra, arriendo y/o contratación beneficie principalmente a los alumnos prioritarios o preferentes.
- Que los gastos no estén asociados al normal funcionamiento o mantención de los establecimientos ni a asuntos administrativos de carácter general.
Así mismo establece las áreas a las que debe apuntar el servicio tecnológico para ser financiable con recursos SEP, que en general ya las conocemos.
Áreas financiables:
- Fortalecimiento del proyecto educativo
- Mejoramiento de las prácticas pedagógicas
- Apoyo a los alumnos con necesidades educativas especiales
- Mejoramiento de los sistemas de evaluación de los alumnos
- Apoyo de alumnos rezagados en sus aprendizajes y desarrollo personal
- Fortalecimiento de la formación valórica y cívica de los alumnos
- Apoyo psicológico y de asistencia social a los alumnos y sus familias
- Mejoramiento de la convivencia y gestión del clima escolar
- Fortalecimiento del vínculo educativo y afectivo de los apoderados con los alumnos y la escuela
- Apoyo a los aprendizajes de todos los estudiantes
- Sistemas complementarios de evaluación de docentes
- Fortalecimiento de los instrumentos de apoyo a la actividad educativa
Otros aspectos interesantes del dictamen:
También establece que se pueden contratar los servicios de capacitación, soporte, mantención e incluso internet, es decir, todo aquello que se necesita par el buen funcionamiento de los equipos y/o servicios tecnológicos que tengan por objeto el mejoramiento educativo.
Una de las dudas que deja el dictamen es lo que sucede con los premios tecnológicos, como tablets o notebook que pudiéramos entregar a un miembro de la comunidad escolar, ya que establece que no serán de cargo de la SEP «computadores o tablets entregados en dominio a un docente o estudiante»
Fuentes:
La reseña de la propia superintendencia se puede ver en: https://www.supereduc.cl/fiscalizacion/uso-de-recursos-sep-para-software-hardware-y-servicios-tecnologicos/
en tanto que el dictamen 47 se puede ver en: https://www.supereduc.cl/wp-content/uploads/2018/11/Dict%C3%A1men-N-0047.pdf
Ahora ya sabe que puede pagar la suscripción a SoftPME con recursos SEP, y para ello puede registrarse ahora gratis para probar haciendo clic aquí